En cumplimiento de lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objeto de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación, en su caso, de Ordenanza Municipal reguladora del servicio de aguas residuales y su depuración, por el presente anuncio se establece la consulta pública previa acerca de las siguientes cuestiones: